Según la Ley 18.010 (“Establece normas para las Operaciones de Crédito y otras Obligaciones de Dinero”), que regula los préstamos (créditos) de distintas clases, y específicamente en su artículo 10 se refiere a los "Pagos anticipados de una Operación de Crédito de dinero", señalando que: Los pagos anticipados de una operación de crédito de dinero, serán convenidos libremente entre acreedor y deudor. Adicionalmente la Ley 19.496, que establece normas sobre Protección de los Derechos de los Consumidores, contempla el derecho que tienen los consumidores a poner término anticipado a los productos financieros que tenga contratados siempre que extingan totalmente la obligación contraída.                               

De este modo, queda consagrado el derecho que tiene un cliente/consumidor para pagar anticipadamente una deuda, liquidándola en un plazo anterior al pactado inicialmente.

En caso de pago anticipado o prepago del crédito automotriz con Chevrolet Servicios Financieros, podrás contactarnos a través de nuestra línea de atención +56 2 2338 1643 para solicitar el cupón de prepago, el cual será enviado al correo electrónico que está registrado en nuestro sistema. 

Ten en cuenta que, la liquidación total del crédito contendrá el Saldo del Crédito, el Costo Total del Pago Anticipado o Prepago que deberás pagar para extinguir anticipadamente o prepagar tu crédito automotriz y la Comisión por Pago Anticipado o Prepago. El cálculo de los montos antes indicados se realiza conforme los establecido en la Ley 18.010 y demás normas vigentes.